|
Federico Sánchez Pinilla,
Fiscalista
Modificaciones del Reglamento del Impuesto Sobre Sociedades
En aplicación de las reformas introducidas en el Impuesto
sobre Sociedades, el BOE del 13 de marzo contiene el decreto
que modifica su Reglamento. Esta disposición trata
de los requisitos que han de reunir los activos nuevos adquiridos
por las empresas de pequeña dimensión destinados
al aprovechamiento de energías provenientes del sol,
para la utilización de residuos como combustible y
otros, que dan derecho a una deducción del 10 por 100.
| |
"Nos
ha llamado mucho la atención la supresión
de la excepción de la obligación de retener
a los dividendos que paguen las sociedades que estuvieron
en transparencia fiscal y que ahora lo están en
sociedades patrimoniales." |
Recoge la modificación del
plazo para presentar la última declaración por
Retenciones, cuando el resumen de perceptores se presenta
por medios informáticos, fijado para el 31 de enero,
los requisitos para los planes especiales de reinversión,
y las nuevas obligaciones de información a presentar
en caso de fusión y otras.
Destacamos que las sociedades patrimoniales
han de incluir en su Memoria anual ciertos datos sobre las
reservas en este régimen o en el general, así
como información detallada sobre los cálculos
efectuados para determinar el resultado de la distribución
de los gastos entre las distintas fuentes de renta. Suponemos
que se refiere a las rentas que tributan al 40 ó al
15 por 100 porque creemos que no hay "medio" sociedades
patrimoniales.
Nos ha llamado mucho la atención
la supresión de la excepción de la obligación
de retener a los dividendos que paguen las sociedades que
estuvieron en transparencia fiscal y que ahora lo están
en el sociedades patrimoniales. No hay duda que los dividendos
procedentes de reservas que se imputaron en su día
o que procedan del nuevo régimen, no tributan en el
IRPF de los socios pero el caso es que se ha eliminado la
referencia que antes existía sobre la no obligación
de retener. Nos resulta muy extraña esta supresión
hasta el punto de entender que se debe dar por supuesto que
no existe obligación de retener. Suponemos se aclarará.

|