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Rafael Termes
Profesor
del IESE, Universidad
de Navarra
"El reconocimiento
de la inviabilidad del actual sistema público de pensiones"
La comisión parlamentaria
del Pacto de Toledo, suscrito por las fuerzas políticas
en 1995 para evitar que las pensiones continuaran siendo un
arma electoral, ha remitido al Gobierno un informe para empezar
a estudiar la reforma del actual sistema público de
pensiones. Con independencia de las medidas que el informe
recomienda, lo que, a mi juicio, tiene verdadera importancia
es que, después de muchos años de esconder la
cabeza bajo el ala, la comisión se rinde a la evidencia
y reconoce la inviabilidad del sistema público de pensiones
que, como es bien sabido, es un sistema de reparto. Sistema
que todos los economistas solventes, y no afectados por un
falso "progresismo", se han cansado de decir que,
"per se", tiende a la quiebra.
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"..
las pensiones de jubilación no son algo relacionado
con el reparto de la "renta nacional", vía
cotizaciones e impuestos, sino que deben ser el resultado
del reparto de la "renta de cada uno" a lo largo
de su vida laboral." |
Ésta es pues la ocasión
para recordar que, por su misma naturaleza, las pensiones
de jubilación no son algo relacionado con el reparto
de la "renta nacional", vía cotizaciones
e impuestos, sino que deben ser el resultado del reparto de
la "renta de cada uno" a lo largo de su vida laboral.
Es decir, si yo, de lo que gano, gasto ahora menos y capitalizo
lo ahorrado, tendré más para el futuro; si yo
gasto más hoy y capitalizo menos, tendré menos
para el futuro. Es cuestión de la función de
utilidad de cada uno. Por lo tanto, la constitución
de la pensión de jubilación sólo será
independiente de la demografía y de las opciones políticas
si se hace mediante un "plan de capitalización",
sea público sea privado; aunque, a mi juicio, los planes
de gestión privada, en régimen de competencia,
producirán siempre mejores resultados.
Desde esta visión, en materia
de pensiones, el papel del Estado se limita a dos aspectos.
El primero, normativo, obligando a todos los que pagan rentas
de trabajo, a retener e ingresar en la capitalizadora elegida
por el trabajador, la cuantía necesaria para constituir
la pensión mínima; dejando libre al preceptor
de la renta para, con deducción fiscal, destinar mayor
cuantía en vistas a una mayor pensión. El segundo
aspecto deriva del carácter subsidiario del Estado
y consiste en asegurar, con cargo al Presupuesto, pensiones
de subsistencia a aquellos que no han tenido rentas para hacer
su propio plan.
De todo lo dicho se sigue que,
en vez de volver a los apaños de siempre -aumentar
los años de cotización, subir la cuota a la
Seguridad Social o reducir la pensión, crear más
fondos de reserva o de contingencia, destinar determinados
impuestos a la financiación de las pensiones, etc.-
lo decisivo sería abordar el paso del sistema de reparto
al sistema de capitalización que, en forma gradual,
es posible, como lo prueban los estudios realizados por expertos
solventes y el ejemplo del cada vez mayor número de
países que han optado por esta alternativa.
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