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Federico Sánchez Pinilla,
Fiscalista
Petición de datos de Renta
Los contribuyentes pueden ya pedir a la Agencia Tributaria
los datos económicos que, con transcendencia a efectos
del IRPF, dispone sobre ellos.
Como las empresas retenedoras,
previamente, han comunicado a Hacienda el importe de lo que
han pagado, la mayor parte, por medios informáticos,
Hacienda conoce lo que cada cual ha percibido por rendimientos
del trabajo, dividendos, intereses, arrendamientos, venta
de participaciones en fondos, venta de acciones, venta de
inmuebles, etc..
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"Es
muy interesante que el contribuyente sepa cuáles
son estos datos poseídos por la Administración,
no para hacerse el listo no declarando los que no tiene." |
Es muy interesante que el contribuyente
sepa cuáles son estos datos poseídos por la
Administración, no para hacerse el listo no declarando
los que no tiene, sino para poder incluir en la declaración
aquellos que tenía olvidados. Es muy frecuente el caso
de cuentas indistintas o de personas con bienes a su nombre
que, en realidad, los disfrutan sus padres u otros. La información
de Hacienda sirve de recordatorio. Como antes apuntábamos,
no todo lo que ahora dice la Agencia es lo que tendrá
cuando realice una comprobación, porque, desde ahora
hasta ese momento, es muy posible que siga acopiando datos.
La información se
puede pedir por teléfono o por correo electrónico
(aeat.es) entrando en la ventanilla "Oficina Virtual".
Se debe indicar el número del DNI y la cuota íntegra
devengada en 2001 y, pasadas unas semanas, el contribuyente
recibe los datos en su domicilio.

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