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Federico Sánchez Pinilla,
Fiscalista
Fraccionamiento del Impuesto sobre Sociedades de las
grandes entidades y de las que forman grupo fiscal
Las sociedades con una facturación superior a 6 millones
de euros están obligadas a pagar los fraccionamientos
a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en función de
la base imponible real de cada periodo. Cuando no resultaba
cuota a ingresar, no era necesaria la presentación
de la declaración.
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"El
nuevo modelo de fraccionamiento para las grandes empresas
ha de presentarse por Internet." |
La orden de 26 de febrero de 2002
obliga a estas sociedades a presentar su declaración
por medios telemáticos, creando un nuevo modelo para
ellas, el 218, a cumplimentar por Internet, exista o no pago
material. A partir de ahora, pues, en cada plazo han de remitirse
los datos por esa vía, siempre. Al mismo modelo se
sujetan las sociedades que forman parte de un grupo fiscal.
El primer fraccionamiento a realizar
con el nuevo impreso es el que ha vencido esta semana, el
22 de abril. Suponemos que más de una sociedad se habrá
visto sorprendida al realizar el pago en el banco, si allí
le han contado lo del reciente modelo porque la citada orden
no ha tenido mucha difusión por no decir que ninguna.
Más sorprendidos aún
pueden estarlo quienes formen parte de un grupo fiscal pues,
según la disposición, todas las entidades del
mismo han de cumplimentar este modelo, aunque no sean la dominante
y, claro está, sin realizar ingreso alguno que solo
le corresponde a la última. Para estas sociedades dominadas,
el modelo solo cumple efectos informativos.
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